ARTICULO 34 . Señálase para los exámenes y procedimientos por Ultrasonido (31), las siguientes tarifas: 1 - Ecografia gineco-obtétrica. 31101 Ginecológica, obstétrica o pelvis $ 4.230 2 - Otras ecografias. 31201 Cerebral en recién nacidos y lactantes $ 6.646 31202 Bazo 4.985 31203 Hígado, vías biliares, páncreas, vesícula o heptobiliar 6.646 31204 Procedimiento con guía ecográfica biopsia, drenaje, etc.); a la zona agregar 3.987 31205 Masas abdominales o retroperitoneo aorta, cava, riñón o suprarrenales) 6.646 31206 Carótidas (sonografia estática modo.B) 5.815 31207 Carotidas (Doppler) (pulso) 6.646 31208 Sonográfica intraquirúrgica 6.646 31209 Tiroides y cuello 5.815 31210 Senos, testículo, próstata o vejiga 5.322 32111 Vasos periféricos, pericardio o pleura 5.315 31212 Total del abdomen que incluye: hígado, vías biliares, páncreas, bazo, retroperitoneo y pelvis 13.291 31213 Pletismografia venosa o arterial 7.450
Decreto 1063 de 1988 →Vigente
Artículo 34
Decreto 1063 de 1988 · Por el cual se reglamenta el artículo 115 de la Ley 33 en lo relativo a las tarifas y el procedimiento para las reclamaciones de las entidades adscritas al Sistema Nacional de Salud a las compañías de seguros, por concepto del seguro obligatorio por daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.