O Para Efectos Del Pago De Horas Extras O Del Reconocimiento De Descanso Compensatorio En La Contraloría General De La República, Se Tendrán En Cuenta Los Siguientes Criterios: A) El Empleado Deberá Estar Vinculado A Un Empleo Ubicado Hasta El Grado 06 Del Nivel Técnico, 11 Del Nivel Administrativo O 9 Del Operativo; B) En Ningún Caso Podrán Pagarse Más De Cincuenta (50) Horas Extras Mensuales
Decreto 901 de 1992 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
o Para efectos del pago de horas extras o del reconocimiento de descanso compensatorio en la Contraloría General de la República, se tendrán en cuenta los siguientes criterios
a)
El empleado deberá estar vinculado a un empleo ubicado hasta el Grado 06 del Nivel Técnico, 11 del Nivel Administrativo o 9 del Operativo;
b)
En ningún caso podrán pagarse más de cincuenta (50) horas extras mensuales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.