ARTICULO 15. En ningún caso la remuneración total mensual de los empleados, funcionarios y agentes del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo podrá exceder la que le corresponde al Procurador General de la Nación.
Decreto 54 de 1993 →Vigente
Artículo 15
En Ningún Caso La Remuneración Total Mensual De Los Empleados, Funcionarios Y Agentes Del Ministerio Público Y La Defensoría Del Pueblo Podrá Exceder La Que Le Corresponde Al Procurador General De La Nación
Decreto 54 de 1993 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.