El auxilio de que trata el artículo anterior se invertirá por los Distritos nombrados, exclusivamente en obras de asistencia pública y saneamiento.
Ley 234 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Ley 234 de 1938 · por la cual se reconoce una indemnización a los Municipios de Barbacoas y Quibdó por los perjuicios en las explotaciones mineras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.