A la Dirección General de Inspección y Supervisión Especial para Instituciones Financieras y le corresponde desarrollar las siguientes funciones a través de las divisiones que la integran
Adoptar, en coordinación con el Superintendente Delegado para Instituciones Financieras, los Directores Generales de Bancos y Corporaciones, de Intermediarios y Servicios Financieros y las divisiones correspondientes, el plan anual de visitas de inspección, teniendo en cuenta las prioridades de supervisión y disponibilidad de recursos y las modificaciones al mismo de acuerdo con las circunstancias, supervisando y evaluando su cumplimiento;
Coordinar con el Superintendente Delegado para Instituciones Financieras, los Directores Generales de Bancos y Corporaciones, de Intermediarios y Servicios Financieros, las visitas de inspección que deben realizarse de acuerdo con el plan anual de visitas de inspección;
Coordinar con las respectivas Direcciones Generales, el flujo de información sobre las instituciones bajo la vigilancia de las mismas, con el fin de ser utilizada en la planificación y ejecución de las visitas;
Dirigir la ejecución de las visitas que deban desarrollarse de acuerdo con el Manual de Procedimientos de Inspección para Instituciones Financieras;
Dirigir la revisión de los informes correspondientes a las visitas de inspección realizadas;
Mantener informado al Superintendente Bancario sobre la situación de todas aquellas instituciones que se encuentran bajo supervisión especial o que hayan sido intervenidas;
Coordinar con los Directores Generales correspondientes la transferencia de la vigilancia a su área de instituciones financieras que requieran una supervisión especial, cuando así lo disponga el Superintendente Delegado;
Coordinar los procesos de intervención y dictar las medidas necesarias para que ellos se desarrollen rápida y efectivamente teniendo en cuenta las instrucciones del Superintendente Bancario;
Coordinar con el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, el manejo de los negocios de las instituciones intervenidas; y,
Coordinar con la Dirección General de Informática el flujo de información, que se requiera para llevar a cabo la función de inspección.