Créase la Granja Agrícola y Pecuaria Antonio José Restrepo , que se orientará especialmente hacia la enseñanza practica y científica de los diversos cultivos de la región; hacia la avicultura, apicultura y horticultura; y en donde funcionará además un puesto de monta de ganados vacuno, caballar, mular, ovino porcino. Asimismo, en dicha Granja se establecerán viveros de árboles frutales y de los adecuados para la repoblación forestal de la misma zona.
Ley 51 de 1941 →Vigente
Artículo 2
Ley 51 de 1941 · Por la cual se establece una granja agrícola y pecuaria, y se provee a su sostenimiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.