ARTICULO 4.1.6.1.10 . - DE LAS FUNCIONES DE LA DIVISION TECNICA DE SEGUROS Y REASEGUROS. Son funciones de la División técnica de Seguros y Reaseguros, las Siguientes
Dirigir y coordinar el estudio y evaluación de los planes técnicos y las modificaciones a las cláusulas o a las tarifas;
Analizar y evaluar los resultados técnicos y económicos de los diversos ramos de seguros en que operan las instituciones vigiladas a nivel individual y colectivo;
Coordinar el trámite y supervisar las respuestas de las consultas y demás peticiones de orden técnico formuladas por las compañías de seguros y reaseguros, particulares y dependencias de la Superintendencia Bancaria;
Llevar el registro de reaseguradores y corredores de reaseguro del exterior,
Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.