Micelio

Artículo 3

El Artículo 336 Del Código De Procedimiento Penal Quedara Así: En Caso De Suspensión Del Registro, El Funcionario Que Lo Practique Tomara Las Medidas Conducentes Para Evitar Que Los Objetos Materia De La Diligencia Sean Modificados O Sustraídos

Decreto 1647 de 1969 · Por el cual se expiden normas relacionadas con la investigación de los delitos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 336 del código de procedimiento penal quedara así: en caso de suspensión del registro, el funcionario que lo practique tomara las medidas conducentes para evitar que los objetos materia de la diligencia sean modificados o sustraídos."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1647 de 1969