Micelio

Artículo 5

La Convocatoria Se Hará Anualmente En El Mes De Mayo, Mediante Resolución Ministerial Y Deberá Contener Al Menos: A) El Número De Cargo De Segundo O Tercer Secretario Por Proveer; B) Las Calidades Académicas, La Edad, Morales, Psicofísicas Y Demás Requisitos Necesarios Para La Inscripción; C) La Calidad De Nacional Colombiano Per Nacimiento; D) El Lugar Y Período De Inscripción; E) La Fecha De Publicación De La Lista De Aspirantes Admidos Para Concursar; F) El Lugar; Fecha Y Hora De La Realización De Las Pruebas; G) Las Fechas De Realización De Las Entrevistas A Quienes Aprueben Los Exámenes; H) Las Materias Sobre Las Cuales Versarán Las Pruebas Y Su Puntaje Mínimo Aprobatorio; I) La Fecha De Divulgación De La Lista De Aspirantes Admitidos Para Presentar Entrevistas Y El Puntaje Mínimo Para Su Aprobación

Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La convocatoria se hará anualmente en el mes de mayo, mediante resolución ministerial y deberá contener al menos

a)

El número de cargo de segundo o tercer secretario por proveer;

b)

Las calidades académicas, la edad, morales, psicofísicas y demás requisitos necesarios para la inscripción;

c)

La calidad de nacional colombiano per nacimiento;

d)

El lugar y período de inscripción;

e)

La fecha de publicación de la lista de aspirantes admidos para concursar;

f)

El lugar; fecha y hora de la realización de las pruebas;

g)

Las fechas de realización de las entrevistas a quienes aprueben los exámenes;

h)

Las materias sobre las cuales versarán las pruebas y su puntaje mínimo aprobatorio;

i)

La fecha de divulgación de la lista de aspirantes admitidos para presentar entrevistas y el puntaje mínimo para su aprobación. El contenido del acto de convocatoria deberá ser divulgado ampliamente a nivel nacional con una antelación no inferior a seis meses, respecto a la fecha de realización de las pruebas.

Parágrafo

A los aspirantes se les deberá advertir acerca de la facultad que de conformidad con el artículo 10, del presente Decreto, tiene la autoridad nominadora para proveer sin sujeción a la lista de elegibles algunos de los cargos de segundos o terceros secretarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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