Micelio

Artículo 2

Decreto 18660308 de 1866 · cediendo un fanal a la municipalidad de Riohacha i autorizando la colocacion de otra en Santamarta.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Autorizase ni poder ejecutivo para que ordene la colocación del fanal que posee la municipalidad de Santamarta, en el "Morro,"' o en cualquier otro lugar de aquel puerto, que, a juicio del mismo poder ejecutivo, sea mas conveniente. La municipalidad de Santamaría quedará en la obligacion de atender al servicio regular i constante de dicho fanal, pudiendo, en tal caso, percibir los derechos correspondientes, según la citada lei "sobre establecimiento de fanales."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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