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Artículo 41

Gerencia De Informática

Decreto 1010 de 2000 · por el cual se establece la organización interna de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se fijan las funciones de sus dependencias; se define la naturaleza jurídica del Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional del Estado Civil; y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Informática . Son funciones de la Gerencia de Informática

1.

Asesorar a las demás dependencias de la Entidad en materia de manejo electrónico de datos.

2.

Desarrollar y efectuar el mantenimiento de las aplicaciones informáticas.

3.

Establecer mecanismos de auto control en el procesamiento electrónico de datos y en los procesos que se llevan a cabo en la dependencia.

4.

Liderar, orientar y coordinar proyectos especiales de investigación asignados a la dependencia.

5.

Dirigir, participar, controlar, apoyar y evaluar las diferentes actividades que se ejecutan en la dependencia.

6.

Asesorar a las dependencias de la Entidad en los programas de adquisición, mantenimiento y mejoramiento de hardware, software y telecomunicaciones.

7.

Propender por la utilización de sistemas de información gerenciales que faciliten la toma de decisiones de los niveles directivo y ejecutivo de la Organización Electoral.

8.

Impulsar, apoyar y evaluar el establecimiento y ejecución de procedimientos en la dependencia.

9.

Elaborar el Plan General de Informática, de comunicaciones, Internet y similares.

10.

Administrar los recursos informáticos que funcionan en la entidad.

11.

Recomendar nuevos usos para los equipos de procesamiento de datos o abandonar los usos actuales.

12.

Evaluar la aplicabilidad de nuevos avances tecnológicos.

13.

Proveer costos estimados para las actividades y proyectos de procesamiento de datos y sistematización.

14.

Facilitar la disposición de información actualizada, confiable y oportuna, de tal forma que la Registraduría Nacional pueda fundamentar la toma de decisiones y la planeación estratégica.

15.

Consolidar los sistemas de información para que sirvan como herramientas de decisión a los niveles ejecutivos.

16.

Coordinar proyectos de comunicaciones y operaciones de sistemas, incluyendo los centros de cómputo a nivel nacional.

17.

Administrar la red de telecomunicaciones a nivel nacional mediante actualización del hardware y del software instalado.

18.

Capacitar a los funcionarios de la Registraduría, a nivel nacional en cuanto a técnicas de sistematización de oficinas, procedimientos inherentes a los sistemas propios de la Entidad (nueva identificación, registro civil, procesos electorales), operación de equipos y manejo del software.

19.

Colaborar con los grupos interdisciplinarios que se creen para determinar los procedimientos que deban implantarse en diversas áreas de la Registraduría Nacional.

20.

Desarrollar y probar los planes de contingencia a nivel de hardware y de software, para el área de informática.

21.

Mantener en condiciones de funcionalidad los diversos equipos de cómputo.

22.

Suministrar los medios administrativos, técnicos y logísticos que permitan el acceso a los bancos de información de uso público, conformados en la Registraduría Nacional.

23.

Brindar soporte técnico a la Organización Electoral en procesos que involucren captura de datos, transmisión, procesamiento y almacenamiento de información inherente a las áreas Jurídica, Administrativa y Financiera, Electoral de Identificación, del Talento Humano, de Control Interno, Fondo Rotatorio, Registro Civil, Sistemas, Delegaciones Departamentales, Registraduría Distrital, Registradurías Especiales y Municipales.

24.

Elaborar el Plan Institucional de Teleinformática a corto, mediano y largo plazo.

25.

Preparar los proyectos anuales de inversión en materia de informática, en coordinación con la dependencia administrativa y financiera, para las diferentes áreas y gerenciar su desarrollo.

26.

Estudiar las necesidades de información que presente la ciudadanía en relación con las funciones básicas de la Registraduría Nacional, definir los canales más apropiados y colaborar en la preparación de mensajes y documentos relacionados con identificación personal, procesamiento de datos y organización de eventos electorales.

27.

Proporcionar servicios de orientación, capacitación y asesoría al personal que labora en la Registraduría Nacional.

28.

Desarrollar aplicaciones y proyectos que satisfagan las necesidades existentes y provenientes de otras dependencias internas y externas, y que conduzcan a la agilización de actividades, mejoramiento y simplificación de procesos y procedimientos e innovación tecnológica.

29.

Propender por la modernización de la organización electoral, la Registraduría Nacional y de los sistemas de identificación en Colombia.

30.

Adelantar estudios y evaluaciones técnicos que conduzcan a la optimización de los recursos telemáticos de que dispone la Registraduría Nacional y que permitan la adquisición de equipos, partes y elementos de procesamiento de datos y telecomunicaciones.

31.

Desarrollar técnicas y metodologías en las áreas de análisis, diseño de sistemas, operación y telecomunicaciones, programación y desarrollo, mantenimiento de equipos y otras que permitan alcanzar un nivel más elevado, dentro de los procesos de mejoramiento continuo y calidad total.

32.

Asesorar al Registrador Nacional en todos los asuntos relativos al funcionamiento interno, aspectos técnicos de la infraestructura telemática e informes especiales.

33.

Actuar como ente técnico, asesor y consultor, frente a otras entidades nacionales o internacionales, en los proyectos donde se conjugan las infraestructuras de telecomunicaciones, procesamientos de datos e imágenes.

34.

Brindar soporte técnico permanente a los organismos y entidades estatales y privadas que requieran de la Registraduría Nacional servicios de consulta respecto de los archivos de identificación y procesamientos de datos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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