Son funciones de la Sección de Visas e inmigración: a). Estudias, tramitar y resolver las solicitudes de visas en general; b). Preparar instrucciones para los Cónsules en materia de inmigración, y vigilar su cumplimiento c). Llevar el registro de las visas autorizadas durante cada año. d). Expedir los documentos de viaje, autorizados por la ley de los apátridas o a los extranjeros que no tengan representación diplomática o consular en Colombia.
La Sección de Visas e Inmigración tendrá un Grupo de Visas y un Grupo de Inmigración, de acuerdo con lo que al respecto determine el Ministro de Relaciones Exteriores. División de Información y Relaciones Culturales