Subdirección Jurídica Tributaria. El Subdirector de Jurídica Tributaria, de acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Director General y el Director de Impuestos y en coordinación con las demás áreas de la entidad, cumplirá las siguientes funciones para ejercerlas directamente o a través de su organización interna, en relación a la discusión del impuesto sobre la renta y complementarios, del impuesto sobre las ventas, del impuesto de timbre nacional, y de los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado
Orientar, asesorar y supervisar las labores que en materia jurídica tributaria desarrollen las diferentes administraciones de impuestos y ejercer la supervisión y control de sus actuaciones;
Representar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, directamente o a través de su organización interna y de acuerdo con las delegaciones del Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, en los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que se surtan en materia tributaria en lo de competencia de la entidad, ante las autoridades jurisdiccionales, así como efectuar el seguimiento y control de los mismos;
Supervisar, orientar y controlar la gestión de su área y de las divisiones de jurídica tributaria de las diferentes administraciones en relación con los temas tributarios;
Resolver los recursos en materia tributaria contra actos proferidos por la Dirección de Impuestos y sus Subdirecciones, cuya competencia no se encuentre expresamente asignada a otra dependencia;
Intervenir en las acciones de tutela que se promuevan por asuntos de competencia de la Dirección de Impuestos y hacer seguimiento de las que correspondan a las promovidas por acciones, en materia tributaria de las administraciones;
Definir y ejecutar el plan de supervisión y control del área a nivel nacional;
Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Información, el suministro de la información interna y externa requerida para la ejecución de sus planes, la definición de estándares y parámetros para el manejo de la misma, la alimentación de sus sistemas de información y la automatización de procesos y procedimientos de su competencia;
Establecer los manuales, métodos y procedimientos, así como diseñar las herramientas necesarias para la estandarización y desarrollo adecuado de las actividades del área a nivel nacional, de acuerdo con las directrices señaladas por la oficina de planeación;
Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de jurídica tributaria, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorización del Director General de la Entidad;
Las demás que le asigne el Director de Impuestos.