Micelio

Artículo 3

Ley 35 de 1948 · Por la cual se eleva la cuantía de algunas exenciones al impuesto sobre renta y se exonera a los damnificados del puerto de Tumaco del pago del impuesto sobre la renta y el patrimonio para los años de 1946 y 1947

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Ley regirá desde su sanción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1948