Micelio

Artículo 41

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Selección:

a)

Suministrar tecnologías de administración y desarrollo de los recursos humanos, en el campo de reclutamiento y la selección de personal docente y administrativo al servicio de la educación nacional y nacionalizada.

b)

Reglamentar los procesos de reclutamiento y selección de personal, docente y administrativo, asesorar a las regiones en su utilización y efectuar el control de calidad en la aplicación, por las regiones de los procesos técnicos de selección ordenado por el Ministerio.

c)

Elaborar los métodos e instrumentos de selección necesarios, y adelantar el análisis técnico de los disponibles, con el fin de proporcionar los recursos técnicos mínimos a las regiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1988