Micelio

Artículo 1

º

Decreto 89 de 2001 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1052 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 68 del Decreto 1052 de 1998, quedará así: " Artículo 68 . Reajuste anual de las expensas . Anualmente los alcaldes municipales y distritales, reajustarán los cargos fijo a y variable b, aplicables a la liquidación y cobro de las expensas por el estudio, trámite y expedición de las licencias de urbanismo, construcción y sus modalidades, a cargo de los curadores urbanos, previstos en el artículo 58 del presente decreto, en un porcentaje igual a la meta de inflación fijada para el año en que se proceda al reajuste, según lo dispuesto en la Ley 242 de 1995, debiendo informarlo al Ministerio de Desarrollo Económico durante los primeros quince días del mes de enero de cada año."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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