Micelio

Artículo 9

Con Cargo Al Porcentaje Señalado En El Literal C) Del Artículo 2º Del Presente Decreto, La Compañía De Fomento Cinematográfico, Focine, Reconocerá Y Pagará A Las Salas De Exhibición Cinematográfica Que Proyecten Producciones O Coproducciones Colombianas De Largometraje, Cuya Primera Exhibición Comercial En El País Se Efectúe Con Posterioridad A La Vigencia Del Presente Decreto, La Suma De Diez Pesos ($ 10

Decreto 131 de 1987 · por el cual se desarrolla la Ley 9ª de 1942 y se reglamenta el artículo 15 de la Ley 55 de 1985.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con cargo al porcentaje señalado en el literal c) del artículo 2º del presente Decreto, la Compañía de Fomento Cinematográfico, Focine, reconocerá y pagará a las salas de exhibición cinematográfica que proyecten producciones o coproducciones colombianas de largometraje, cuya primera exhibición comercial en el país se efectúe con posterioridad a la vigencia del presente Decreto, la suma de diez pesos ($ 10.00) moneda corriente por cada espectador que ingrese a partir de la quinta (5º) semana y durante las siguientes siete (7) semanas de exhibición comercial de la respectiva película.

Parágrafo

Cuando se produzcan modificaciones en los precios de admisión a las salas de exhibición cinematográfica, el Ministerio de Comunicaciones, mediante resolución, incrementará el valor del estímulo por espectador en el porcentaje promedio de variación de las tarifas de admisión. Cuando de la aplicación del porcentaje resultaren fracciones inferiores a un peso ($ 1.00), el Ministerio de Comunicaciones realizará las aproximaciones del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 131 de 1987