Micelio

Artículo 2.14.4.1

Plan De Beneficios Del Programa De Becas Por Impuestos

Decreto 1085 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plan de Beneficios del Programa de Becas por Impuestos.Los gastos destinados a apoyar el estudio y manutención de los deportistas beneficiarios del Programa de Becas por Impuestos, podrán corresponder al menos a uno (1) de los siguientes conceptos: 1. Costos de formación académica incluyendo matrícula y/o pensión y derechos de grado. Adicionalmente, podrán ser incluidos los programas o cursos de idiomas, o cualquier programa necesario para la obtención del título académico. 2. Gastos de manutención necesarios para su formación académica y práctica deportiva, limitados a los siguientes conceptos: 2.1. Alojamiento y/o alimentación para estudio, entrenamiento y competencia. 2.2. Materiales educativos. 2.3. Implementación deportiva e indumentaria. 2.4. Tiquetes aéreos, terrestres o fluviales nacionales o internacionales. 2.5. Póliza de seguro de accidentes. 3. Otros gastos que se requieran atendiendo a la necesidad del programa académico y la disciplina deportiva.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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