Micelio

Artículo 29

Decreto 1763 de 2003 · por el cual se adiciona el artículo 5º del Decreto 1044 de 2000, modificado por el artículo 4º del Decreto 1266 de 2001, y se reglamenta parcialmente la Ley 549 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Médica de los Centros de Atención Ambulatoria . Son funciones de la División Médica de los Centros de Atención Ambulatoria, las siguientes

1.

Velar por el cumplimiento de las políticas, normas y disposiciones administrativas definidas por la Subgerencia de los Centros de Atención Ambulatoria, para la prestación de servicios integrales.

2.

Cumplir las normas y desarrollar los procedimientos para el adecuado funcionamiento de los servicios medios de los Centros de Atención Ambulatoria.

3.

Realizar la evaluación y control de gestión del área de los Centros de Atención Ambulatoria de acuerdo con los indicadores de gestión.

4.

Ejecutar el plan de desarrollo estratégico de su área en los Centros de Atención Ambulatoria.

5.

Proponer el presupuesto del área de su competencia en los Centros de Atención Ambulatoria y controlar su ejecución.

6.

Administrar el recurso humano, físico y financiero del área en los Centros de Atención Ambulatoria.

7.

Desarrollar los procesos de garantía de calidad en los servicios de salud que prestan los Centros de Atención Ambulatoria, con especial énfasis en la evaluación y seguimiento de la satisfacción de los usuarios.

8.

Velar por el desarrollo de las actividades de promoción, prevención, curación y rehabilitación que sean de su responsabilidad.

9.

Apoyar la elaboración, implementación y ejecución de protocolos de manejo clínico del área.

10.

Brindar acompañamiento y soporte permanente a los Directores de los Centros de Atención Ambulatoria en la gestión pana optimizar la prestación de los servicios de salud.

11.

Desarrollar los programas docentes asistenciales y las investigaciones, que sean aprobados para su ejecución por el Subgerente de los Centros de Atención Ambulatoria y proponer la formación del recurso humano según sus necesidades.

12.

Las demás que le sean asignadas de conformidad con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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