Micelio

Artículo 27

Decreto 1830 de 1966 · por el cual se reglamenta la educación de adultos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La formación de personal para alfabetización y educación de adultos se realizará a diversos niveles según las necesidades y recursos del país, mediante la formación de especialistas en la educación de adultos, la preparación específica de maestros de alfabetización y la capacitación de personal voluntario y ocasional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1830 de 1966