Micelio

Artículo 28

Subsecretaria De Recursos Humanos

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 28. Subsecretaria de Recursos Humanos. Conforme a las políticas e instrucciones del Secretario General, son funciones de la Subsecretaría de Recursos Humanos para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Desarrollar las políticas que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales sobre la administración, selección, promoción y bienestar de los funcionarios, según las normas legales vigentes;

b)

Diseñar, establecer y administrar el sistema de carrera tributaria y aduanera;

c)

Programar, desarrollar y dirigir actividades encauzadas a promover la identidad institucional y el bienestar de los funcionarios y de sus familias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

d)

Supervisar, evaluar y divulgar la prestación de servicios de bienestar por parte de las entidades a las que se encuentre afiliada la entidad;

e)

Coordinar la proyección de los actos de administración de personal, de acuerdo con las instrucciones que imparta el Director;

f)

Responder por el sistema de información de personal y expedir las respectivas certificaciones;

g)

Tramitar los actos relacionados con la toma de posesión de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

h)

Definir y aplicar los sistemas de evaluación del desempeño, coordinar con los demás jefes de las dependencias los programas respectivos y supervisar su aplicación;

i)

Asesorar a las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales en asuntos relacionados con la administración de personal;

j)

Producir la información requerida para la toma de decisiones en materia de personal;

k)

Adelantar los estudios de análisis ocupacional de la entidad; y

l)

Las demás que le asigne el Subdirector General y el Secretario General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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