ARTICULO 9o . FUNCIONES DE LA OFICINA DE INFORMATICA.-A la Oficina de Informática le corresponde
Planear, dirigir, ejecutar y controlar los proyectos de sistematización y automatización de la Superintendencia;
Coordinar la elaboración de programas de sistematización a nivel interno, con el fin de desarrollar un sistema integrado de información;
Analizar, diseñar, recomendar políticas y definir la arquitectura del sistema de información, la estrategia de procesamiento y establecer prioridades de desarrollo;
Asesorar sobre los planes de inversión y constitución de sistemas de información de las Cajas de Compensación Familiar;
Asesorar técnicamente las investigaciones administrativas de las entidades que manejan el Subsidio Familiar en el área de sistemas de información y elaborar los informes correspondientes;
Asesorar en el diseño y desarrollo de la auditoría de sistemas para el cumplimiento de las visitas;
Las demás funciones que el Superintendente le asigne o delegue.