°. Otras remuneraciones. A partir del 1° de enero de 1998, las remuneraciones mensuales para los empleos que a continuación se relacionan serán las siguientes
Ministros del Despacho y Directores de Departamento Administrativo, seis millones cuatrocientos veintiocho mil trescientos catorce pesos ($6.428.314.00) moneda corriente, distribuidos así: Asignación básica: $1.758.787.00 Gastos de representación: $3.126.732.00 Prima de dirección: $1.542.795.00 La prima de dirección sustituye la prima técnica de que trata el Decreto 1624 de 1991, no es factor de salario para ningún efecto legal y es compatible con la prima de servicios, la prima de vacaciones, la prima de navidad y la bonificación por servicios prestados;
Viceministros, Subdirectores de Departamento Administrativo y Superintendente Bancario. Asignación Básica: $1.279.118.00 Gastos de representación: $2.273.987.00
Superintendentes Código 0030 con excepción de los Superintendentes Bancario, de Salud, de Servicios Públicos Domiciliarios, de Notariado y Registro y de Subsidio Familiar, será de dos millones novecientos treinta y un mil trescientos doce pesos ($2.931.312.00) moneda corriente. El cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de los empleos de Superintendente Código 0030, tendrá el carácter de gastos de representación, únicamente para efectos fiscales;
Experto de Comisión Reguladora, de Comisión Nacional de Regalías e Interventor de Petróleos, Código 0090, de los Ministerios de Minas y Energía, Comunicaciones y Desarrollo Económico: Asignación Básica: $1.055.273.00 Gastos de representación: $1.876.040.00;
Negociador Internacional Código 0088. Será igual a la señalada para los Viceministros, por conceptos de asignación básica y gastos de representación.
Los empleos a que se refieren los literales d) y e) del presente artículo, percibirán una prima mensual de gestión, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor conjunto de la asignación básica y los gastos de representación.