La transfusión de sangre humana y de sus componentes o derivados, con fines terapéuticos, constituye un acto del ejercicio de la medicina. En consecuencia, siempre que se requiera hacer una transfusión sólo podrá ser ordenada por un médico que ejerza legalmente la profesión, y siempre y cuando se hayan practicado las pruebas de compatibilidad, teniendo en cuenta
Que la muestra de sangre recolectada del receptor no tenga mas de 24 horas de tomada;
Que las pruebas de compatibilidad se hagan utilizando las técnicas en solución salina, albúmina y coombs, para investigar la presencia de anticuerpos aglutinantes y hemolizantes.
La iniciación de la transfusión la practicará un médico o, bajo su vigilancia, una enfermera con grado universitario quienes deberán asegurarse de que la sangre que va a transfundirse sea compatible con la del paciente.