Micelio

Artículo 21

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inspección General. Son funciones de la Inspección General, las siguientes

1.

Ejercer la vigilancia, control, evaluación y fiscalización de la actividad policial, buscando mantener la moral institucional y el cumplimiento de leyes, reglamentos, directivas, órdenes y demás normas que rigen la organización y el servicio de Policía.

2.

Ejercer control en la aplicación del régimen disciplinario y la Justicia Penal Militar en la Policía Nacional.

3.

Supervisar el cumplimiento de las actividades operativas, administrativas, investigativas y docentes de la institución, acorde con la normatividad legal y reglamentaria vigente.

4.

Vigilar el cumplimiento y desarrollo de los programas de Participación Comunitaria trazados por la Institución.

5.

Sugerir modificaciones a los objetivos y políticas de la Dirección General, de acuerdo con el resultado de las evaluaciones y diagnósticos que se practiquen.

6.

Proponer los mecanismos necesarios para mantener la moral, la ética y la disciplina en la Institución.

7.

Velar por el cumplimiento y respeto del ejercicio de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política, tratados internacionales, leyes y demás normas vigentes sobre la materia.

8.

Desarrollar actividades de coordinación con las dependencias del Estado, encargadas de ejercer el control administrativo, disciplinario y penal en la Policía Nacional.

9.

Ejercer las atribuciones disciplinarias sobre el personal bajo su mando.

10.

Atender y dar trámite a los requerimientos que en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias formule el Comisionado Nacional para la Policía, facilitando los contactos y coordinaciones con unidades y organismos de la Institución para el logro de la misión a él encomendada.

11.

Recopilar, organizar y controlar la información de todos los bienes muebles e inmuebles destinados en custodia en forma provisional o definitiva, por la Dirección Nacional de Estupefacientes, a la Policía Nacional.

12.

Cumplir las funciones que en materia de Justicia Penal Militar le asigne la ley.

13.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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