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Artículo 1

Fechas De Expedición De Títulos De Tesorería -Tes- Ley 546

Decreto 3111 de 2007 · por el cual se fijan las fechas de expedición de Títulos de Tesorería - TES Ley 546.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fechas de expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 . Para hacer efectivo el pago de los alivios hipotecarios a las entidades acreedoras de conformidad con la Ley 546 de 1999, la expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 se realizará el día veintiocho (28) de cada mes, iniciando en agosto de 2007 y hasta julio de 2008.

Parágrafo

Para la expedición de los Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 en las fechas establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por el artículo 3° del Decreto 249 de 2000 modificado parcialmente por el artículo 2° del Decreto 2221 de 2000.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3111 de 2007