Micelio

Artículo 91

Reclamaciones Por Inconformidad Con Los Resultados Obtenidos En Las Pruebas

Decreto 1792 de 2000 · por el cual se modifica el Estatuto que regula el Régimen de Administración del Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional, se establece la Carrera Administrativa Especial.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 91. RECLAMACIONES POR INCONFORMIDAD CON LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN LAS PRUEBAS. Las reclamaciones de los concursantes por inconformidad con los resultados obtenidos en las pruebas aplicadas en un proceso de selección, se formularán ante la Comisión de Personal respectiva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su publicación. Dichas reclamaciones serán presentadas y recepcionadas en las Dependencias encargadas de la Administración de Recursos Humanos las cuales, dentro del día hábil siguiente a su radicación, las remitirán a la Comisión de Personal respectiva. Dentro del día hábil siguiente al recibo de la reclamación, la Comisión de Personal solicitará por escrito la revisión de los resultados de la respectiva prueba a cada uno de los miembros del jurado que intervino en la calificación, quienes emitirán su dictamen dentro de un plazo no superior a cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha del requerimiento. La Comisión de Personal, mediante acto administrativo debidamente motivado, decidirá en única instancia dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que los jurados entreguen su concepto. Contra dicha decisión procede el recurso de reposición de conformidad con los términos establecidos en el Código Contencioso Administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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