Micelio

Artículo 4

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Cuarto

Decreto 103 de 1958 · Por el cual se ceden a la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia dos lotes de terreno de propiedad nacional, ubicados en el Municipio de San Andrés (Isla), con destino a las obras de la Casa Intendencial, Hospital, Estación del Inalámbrico, Plan de Viviendas con el Instituto de Crédito Territorial, y se confiere una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo cuarto. El producto de la enajenación del ote y construcciones a que se refiere el artículo anterior, será destinado al pago de la deuda contraída por la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia con el Instituto de Crédito Territorial, y el saldo de tal venta, si lo hubiere, se invertirá en las obras de Fomento Turístico Intendencial que actualmente adelanta ese territorio nacional.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 103 de 1958