º. La Tesorería General de la República situará en la Caja General de la Policía los fondos necesarios para atender los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, conforme a las apropiaciones que haga el Gobierno Nacional.
Decreto 1217 de 1962 →Vigente
Artículo 3
La Tesorería General De La República Situará En La Caja General De La Policía Los Fondos Necesarios Para Atender Los Gastos Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto, Conforme A Las Apropiaciones Que Haga El Gobierno Nacional
Decreto 1217 de 1962 · Por el cual se reglamenta la Ley 193 de 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.