Micelio

Artículo 15

Los Certificados De Supervivencia Podrán Expedirse A Petición Verbal; Pero Si Se Pidieren Por Escrito, Se Extenderán A Continuación De La Respectiva Solicitud

Decreto 216 de 1887 · Por la cual se reglamenta el decreto de carácter legislativo número 480 de 1886

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los certificados de supervivencia podrán expedirse a petición verbal; pero si se pidieren por escrito, se extenderán a continuación de la respectiva solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 216 de 1887