Por el término de tres años contados a partir de la vigencia de la presente Ley, el Gobierno Nacional podrá llevar a cabo la construcción y terminación de las siguientes obras:
En la cabecera municipal del "Pueblo de Nuestra Señora de la Estrella": la construcción de la Casa Municipal; la construcción de un Liceo para la Enseñanza Secundaria; construir una Unidad de Salud y la terminación del Barrio Escobar.
En el Corregimiento Pueblo Viejo: construcción de un local para la Inspección de Policía y una Escuela para la Educación Primaria.
En el corregimiento de La Tablaza: la construcción del Acueducto y una Sala Múltiple para la atención de las necesidades educativas.