La Secretaría Ejecutiva del Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa, además de las acciones nacionales e internacionales (bilaterales o multilaterales) que sean necesarias, deberá coordinar la conformación de equipos locales de búsqueda.
La convocatoria de los equipos locales de búsqueda ya conformados, serán coordinados por la más alta autoridad de la Policía Nacional de la entidad territorial respectiva.
Los equipos locales de búsqueda estarán integrados por agentes de la Policía Nacional, representantes locales de las organizaciones de derechos humanos y de mujeres, autoridades étnicas, organizaciones campesinas, bomberos, vecinos, entidades y organizaciones del sector religioso en el marco de su autonomía, así como por cualquier persona o institución, a efecto de garantizar que se realicen inmediatamente todas las acciones de búsqueda localización y ubicación de las niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas.
Los equipos locales de búsqueda serán permanentes en las acciones que correspondan a la búsqueda e informarán a la Secretaría Ejecutiva acerca de cualquier hallazgo, a efecto de que la Fiscalía General de la Nación coordine las acciones de investigación y persecución correspondientes.