Micelio

Artículo 2

Las Enfermedades Cuyo Denuncio O Declaración Es Potestativa, Serán Señaladas Por La Dirección Nacional De Higiene Y Asistencia Pública, Según Lo Dispuesto En La Ley Mencionada

Decreto 580 de 1928 · Por el cual se reglamenta la declaración de las enfermedades contagiosas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las enfermedades cuyo denuncio o declaración es potestativa, serán señaladas por la Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública, según lo dispuesto en la Ley mencionada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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