Micelio

Artículo 96

Los Concesionarios Rendirán Un Informe Anual Al Ministerio Sobre La Marcha De Sus Labores, Los Resultados Obtenidos Y Las Perspectivas De La Explotación, Acompañado De Los Planos Sobre El Avance De Los Trabajos Y De Los Datos Y Cuadros Estadísticos Sobre Tonelaje Explotado, Producto Bruto Total De La Explotación, Tenor Promedio De Los Minerales Y Porcentaje Promedio Total De La Explotación

Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los concesionarios rendirán un informe anual al Ministerio sobre la marcha de sus labores, los resultados obtenidos y las perspectivas de la explotación, acompañado de los planos sobre el avance de los trabajos y de los datos y cuadros estadísticos sobre tonelaje explotado, producto bruto total de la explotación, tenor promedio de los minerales y porcentaje promedio total de la explotación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 805 de 1947