º. A partir de la fecha de la vigencia de este Decreto, las vacaciones del personal de Suboficiales de las Fuerzas de Policía serán equivalentes a un (1) mes por cada año de servicio cumplido en la Institución.
Decreto 293 de 1957 →Vigente
Artículo 1
A Partir De La Fecha De La Vigencia De Este Decreto, Las Vacaciones Del Personal De Suboficiales De Las Fuerzas De Policía Serán Equivalentes A Un (1) Mes Por Cada Año De Servicio Cumplido En La Institución
Decreto 293 de 1957 · Por el cual se dicta una disposición sobre vacaciones de los Suboficiales de las Fuerzas de Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.