Micelio

Artículo 3

º

Decreto 2380 de 1994 · por el cual se crea la Comisión del Pacto Social de Productividad, Precios y Salarios, se determina su composición y se le asignan funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Composición. Los miembros de la Comisión del Pacto serán los siguientes

a)

Por el Gobierno Nacional: -El Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá -El Ministro de Hacienda y Crédito Público -El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural -La Ministro de Trabajo y Seguridad Social -El Ministro de Minas y Energía -El Ministro de Transporte -El Director del Departamento Nacional de Planeación -El Consejero Presidencial para la Economía y la competitividad, quien será el Coordinador de la Comisión.

b)

Por el sector Empresarial: -El Presidente de la ANDI -El Presidente de Asobancaria -El Presidente de la Sac -El Presidente de Fanalco -El Presidente de Acopi.

c)

Por el sector Laboral: -El Presidente de la CGTD -El Presidente de la CTC -El Presidente de la CUT -El Presidente de Utracun -El Presidente de Fanal.

d)

Por las entidades Territoriales: -El Presidente de la Federación Colombiana de Municipios -El Presidente de la Federación Nacional de Gobernadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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