Micelio

Artículo 3

Decreto 46 de 1965 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de precios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La Superintendencia de Regulación Económica podrá solicitar en cualquier tiempo de los productores, fabricantes o comerciantes toda la información que considere necesaria sobre los descuentos o porcentajes que tengan establecidos en favor de sus agentes o distribuidores, y si no los encontrare debidamente justificados, podrá de oficio rechazarlos, y en este evento determinar los porcentajes que se justifiquen y los precios correspondientes, así como la fecha de vigencia de los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 46 de 1965