Adiciónase el artículo 580 del Estatuto Tributario con el siguiente literal: "e) Cuando la declaración de retención en la fuente se presente sin el pago de los respectivos tributos, salvo que existan declaraciones presentadas de renta o ventas que arrojen un saldo a favor, que sean objeto de compensación."
Decreto 88 de 1997 →Inexequible
Artículo 10
Adiciónase El Artículo 580 Del Estatuto Tributario Con El Siguiente Literal: "e) Cuando La Declaración De Retención En La Fuente Se Presente Sin El Pago De Los Respectivos Tributos, Salvo Que Existan Declaraciones Presentadas De Renta O Ventas Que Arrojen Un Saldo A Favor, Que Sean Objeto De Compensación
Decreto 88 de 1997 · por medio del cual se expiden normas para erradicar la evasion tributaria y el contrabando.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.