Art. 3.° En el caso de muerte de la señora Mercédes Cabal de Mallarino, su hija Sofia, mientras permanezca soltera, gozará de una pension concedida a ámbas.
Ley 30 de 1880 →Vigente
Artículo 3
Ley 30 de 1880 · Que honra la memoria del doctor Manuel María Mallarino i concede una pensión a su viuda e hija
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.