Excepción al pago de tasas . El ejercicio de la acuicultura, que comprende las actividades de levante, engorde, recolección, procesamiento y comercialización, no está sujeto al pago de tasas y derechos. La extracción de semillas y reproductores del medio natural con destino a la acuicultura pagará las tasas que se establezcan para la actividad extractora. (Decreto número 2256 de 1991, artículo 114)
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.16.6.3
Excepción Al Pago De Tasas
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.