Micelio

Artículo 2

º

Decreto 554 de 1998 · Por el cual se adopta la segunda versión del Plan Nacional de Numeración

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El 1º de junio de 1998. las centrales de conmutación de las redes de Telefonía Pública Básica Conmutada y de Telefonía Móvil Celular deberán iniciar operaciones con los prefijos interurbano e internacional 0X y 00X, respectivamente. Donde X toma el valor de 2 a 9, e identifica el operador de Telefonía Pública Básica Conmutada de Larga Distancia (TPBCLD).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 554 de 1998