Micelio

Artículo 2

Corresponde Al Ministerio De Minas Y Energía, Proponer Y Adelantar La Política Nacional En Materia De Exploración, Explotación, Transporte, Refinación, Manufactura Beneficio, Transformación, Distribución Y Producción De Minerales E Hidrocarburos, Así Como La Política Sobre Generación, Transmisión, Interconexión, Distribución Y Establecimiento De Normas Técnicas En Materia De Electricidad Y, En General Sobre Todas Las Actividades Técnicas, Económicas, Jurídicas, Industriales Y Comerciales Relacionadas Con El Aprovechamiento Integral De Los Recursos Naturales No Renovables Y De La Totalidad De Las Fuentes Energéticas Del País, En Concordancia Con Los Planes Generales De Desarrollo

Decreto 636 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Minas y Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corresponde al Ministerio de Minas y Energía, proponer y adelantar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, manufactura beneficio, transformación, distribución y producción de minerales e hidrocarburos, así como la política sobre generación, transmisión, interconexión, distribución y establecimiento de normas técnicas en materia de electricidad y, en general sobre todas las actividades técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comerciales relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país, en concordancia con los planes generales de desarrollo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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