Micelio

Artículo 10

La Interposición De Los Recursos Definidos En Los Artículos 6, 7 Y 8, Debe Ejecutarte Dentro De Los Diez (10) Días Siguientes A La Notificación De La Respectiva Providencia

Decreto 3192 de 1963 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre impuestos sucesorales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La interposición de los recursos definidos en los artículos 6, 7 y 8, debe ejecutarte dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la respectiva providencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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