º El interesado en la reconstrucción deberá presentar copia o fotocopia autenticadas del registro civil o del certificado que posea. En caso de no encontrarse autenticada, su presentación se hará con la manifestación escrita bajo juramento, que se entenderá prestado por el sólo hecho de la firma, de que los datos allí consignados corresponden exactamente a la identidad del inscrito.
Toda entidad pública o privada, o persona natural que conserve copias del registro del estado civil o certificados del mismo, está en la obligación de expedir copia o fotocopia a quien lo solicite, sin costo alguno, con la constancia de que corresponde al que reposa en su archivo.