El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2668 de 1976 →Vigente
Artículo 17
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
Decreto 2668 de 1976 · Por el cual se dictan normas sobre funcionamiento de las jornadas adicionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.