º La Comisión Nacional de Industrias Metalúrgicas ejercerá las siguientes funciones
Seguir la evolución de las Industrias Metalúrgicas del país a la luz de las demandas, oportunidades y posibilidades nacionales e internacionales; establecer tanto sus potenciales de acción como sus urgencias y problemas; e identificar sus mejores alternativas de superación, consolidación y desarrollo;
Ordenar los estudios y los trabajos estadísticos necesarios para mantener al día la información relativa al estado y a los desarrollos alcanzados por las industrias metalúrgicas del país y a las metas del desarrollo nacional en los mismos campos de actividad, así como a los requerimientos técnicos, económicos, financieros, institucionales y humanos para el logro concertado de los objetivos próximos del desarrollo permanente de las bases industriales de la Nación que la Comisión tiene la responsabilidad fundamental de promover, impulsar y coordinar;
Adoptar las estrategias, las políticas, los planes, y los programas generales de desarrollo de las Industrias Metalúrgicas, así como los proyectos específicos en que dicho desenvolvimiento deberá traducirse, precisando tales metas en materia de sustitución de importaciones, aumento y diversificación de las exportaciones y acrecentamiento de los valores agregados por el sector;
Velar por el adecuado abastecimiento de materias primas a los distintos sub-sectores del sector;
Identificar y recomendar las políticas y prácticas más eficaces para la tecnificación y la modernización de las Industrias Siderúrgicas y Metalmecánicas del país;
Proveer a las Industrias Metalúrgicas de los instrumentos e incentivos que requieren no sólo para su funcionamiento, sino particularmente para su fortalecimiento y desenvolvimiento en los campos de las compras oficiales y el gasto público interno, en primer lugar; el de la sustitución de importaciones de bienes de capital y equipos y elementos determinantes de la modernización de los demás sectores de la economía; y del incremento y la diversificación de las exportaciones y el enriquecimiento del valor agregado de las mismas;
Convenir las acciones y los medios más indicados para asegurar la apropiada desagregación tecnológica de los más significativos proyectos de inversión, tanta públicos como privados con el propósito de identificar con claridad y eficacia las demandas que generarán y atenderlas y las condiciones que requieren para poder hacerlo;
Recomendar la expedición de normas sobre el control de calidad a las Industrias Metalúrgicas;
Proponer normas, políticas y planes que tiendan a asegurar un progresivo control de la contaminación ambiental, a reducir y a superar, en la medida de lo posible, los impactos ecológicos negativos provocados por acción u omisión del sector;
Asesorar al Gobierno en la participación de Colombia dentro del proceso de integración subregional y regional y, en general, en sus acciones de comercio exterior en las materias, los asuntos y los aspectos relacionados con las Industrias Metalúrgicas;
Ayudar al Gobierno a evaluar la idoneidad y la eficiencia de las políticas seguidas y de los instrumentos aplicados para la defensa y promoción del sector y sugerir los reajustes y cambios que según las mismas evaluaciones y las enseñanzas de la experiencia nacional e internacional parecieren más indicados o aconsejables;
En general, servir de órgano consultivo y asesor del Gobierno Nacional en todos los aspectos relacionados con las Industrias Metalúrgicas.