Los Recursos De Que Trata El Artículo 2° Del Presente Decreto Se Desagregan Entre Las Entidades Territoriales Beneficiarias De La Compensación De Asignaciones Directas Según Los Montos Señalados En El Anexo 1 Que Hace Parte Integral Del Presente Decreto
Decreto 745 de 2014 · por el cual se ajusta el presupuesto bienal 2013- 2014 del Sistema General de Regalías, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Los recursos de que trata el artículo 2° del presente decreto se desagregan entre las entidades territoriales beneficiarias de la compensación de asignaciones directas según los montos señalados en el Anexo 1 que hace parte integral del presente decreto.
Parágrafo
La compensación de que trata el presente decreto se calcula con base en la información de recursos causados a diciembre 31 de 2013 y recaudados en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías con corte al 31 de marzo de 2014 y el cálculo del Valor faltante para alcanzar el porcentaje señalado en el inciso segundo del
Parágrafo 2
transitorio del artículo 361 de la Constitución Política para cada beneficiario. Dicha compensación se realiza con cargo a los recursos asignados al departamento respectivo en el Fondo de Desarrollo Regional (FDR) Compensación Asignaciones Directas, de acuerdo con la metodología contenida en el Anexo 2, que hace parte integral del presente decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.