Micelio

Artículo 6

Ley 115 de 1928 · Por la cual se fija la situación, ascenso y retiro de los oficiales del cuadro de servicio territorial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales que pasen del Ejército activo al Cuadro de Servicio Territorial podrán volver a servir en aquel a juicio del Gobierno. Cuando por una larga permanencia fuera del mando de tropas hubieren perdido la practica necesaria, podrán adquirirla en una escuela de aplicación o en la forma que el Gobierno lo reglamente. Queda así reformado el Artículo 3° de la Ley 22 de 1909 , en su parte pertinente.

Los Oficiales de reserva que sean llamados a prestar servicios en el Cuadro de Servicio Territorial no podrán por ningún motivo ingresar nuevamente en el Ejército permanente, en tiempo de paz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 115 de 1928