Aplazamiento por estudios. Los bachilleres que al cumplimiento de la mayoría de edad, sean convocados por las autoridades de reclutamiento y no definan su situación militar por estar cursando estudios de educación superior, se les aplazará su situación hasta por dos años, mediante entrega de tarjeta provisional, al cabo de los cuales si continúan estudiando y dependiendo las necesidades de reemplazos en las Fuerzas, se les podrá clasificar y definir la situación militar de manera definitiva, mediante el pago de la cuota de compensación militar que les corresponda y de la tarjeta de reservista de segunda clase.
Los bachilleres que definan su situación militar por intermedio de los colegios y academias militares y policiales, serán clasificados tan pronto como obtengan la certificación de la aprobación de las tres fases de instrucción por parte de la unidad militar o policial respectiva y la aprobación del año escolar. A estos bachilleres se les liquidará la cuota de compensación militar de acuerdo con las previsiones de la Ley 1184 de 2008 y tendrán derecho a que se les expida tarjeta de reservistas de primera clase.
(Decreto 2124 de 2008 artículo 13)
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