El artículo 160 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: “Facilitación del aforo físico. Para efectos de facilitar el aforo físico se podrá exigir al responsable del depósito o al declarante que agrupe y abra los bultos u ordene y numere las mercancías según su clase; y si son peligrosas, delicadas o frágiles, que ponga a disposición de la Administración de Aduana personal especializado bajo la dirección del funcionario aforador. Los costos que demanden estas operaciones correrán a cargo del declarante”.
Decreto 755 de 1990 →Vigente
Artículo 29
El Artículo 160 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: “facilitación Del Aforo Físico
Decreto 755 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.